sistema de contratación en perú

Sistema de contratación en Perú

Para empleados peruanos

Los contratos de trabajo por tiempo indefinido son la regla general para la contratación en Perú. Sin perjuicio de lo anterior, en casos especiales podrán celebrarse contratos de trabajo de duración determinada y a tiempo parcial. Las principales características de cada uno de estos contratos se detallan a continuación:

Contratos de trabajo por tiempo indefinido:

No tienen una duración expresamente definida. Esta modalidad de contrato de trabajo otorga a los empleados todos los derechos y beneficios laborales vigentes, que se detallan a continuación, y no requiere ningún trámite para su vigencia.

Contratos de Trabajo a Plazo Fijo:

Otorgan a los empleados todos los derechos y beneficios establecidos para los empleados contratados por tiempo indefinido. Según la legislación, la ejecución de dichos contratos está sujeta a la existencia efectiva de un motivo o causa objetiva que justifique la contratación temporal (por ejemplo, el inicio de una nueva actividad, obra o servicio específico, sustitución, etc.) y su vigencia. Está sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley (ejecución por escrito y explicación en el contrato de la causa de la presunta contratación temporal).

Contratos de Trabajo a tiempo parcial:

Regulan las relaciones laborales que cubren horarios de trabajo con un promedio semanal de menos de cuatro (4) horas diarias. Los empleados a tiempo parcial tienen derecho a todas las prestaciones laborales vigentes, excepto: (i) indemnización por despido arbitrario; (ii) indemnización por despido (CTS); y (iii) el tiempo de vacaciones de treinta (30) días (solo tienen derecho a seis (6) días hábiles de vacaciones por año). Estos contratos deben celebrarse por escrito para que sean válidos.

Para todos estos contratos, se aplica el período de prueba legal; durante este período, los empleados no tienen derecho a recibir ninguna compensación en caso de despido arbitrario. El período de prueba se computa desde el inicio de la relación laboral y puede tener una duración máxima de: (i) tres (3) meses para todos los empleados en general, (ii) seis (6) meses para los empleados calificados o en puestos de confianza; y (iii) doce (12) meses para los trabajadores gerenciales. Para ser válido por más de tres (3) meses, el período de prueba debe ser por escrito.

Para empleados extranjeros

Las relaciones laborales de los ciudadanos extranjeros que ingresan al Perú para brindar servicios dependientes a una empresa domiciliada están reguladas por la Ley de Contratación de Personal Extranjero. Estos empleados tienen derecho a los mismos beneficios otorgados a los empleados de la actividad privada y están sujetos a las mismas contribuciones e impuestos. La diferencia radica en que, para iniciar la prestación de los servicios, es necesario obtener la aprobación del contrato de trabajo por parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y, básicamente, obtener la condición migratoria habilitante.

Como regla general, los empleados extranjeros no deben exceder el 20% del personal total de una empresa. Además, la remuneración total percibida por los empleados extranjeros no debe superar el 30% de la nómina total. La empresa podrá solicitar la exención de estos límites en el caso de profesionales y / o personal técnico especializado, o personal directivo para una nueva actividad empresarial, o en caso de reestructuración o reorganización societaria, entre otros.

Ninguno de los límites en cuanto al número de personal y monto del salario es aplicable a los empleados extranjeros que presten servicios en el Perú con visa de inmigrante, que estén casados ​​con ciudadanos peruanos o que tengan hijos, padres o hermanos peruanos; que sean inversionistas extranjeros con una inversión permanente en el Perú de al menos cinco (5) Unidades Tributarias ( UIT ); o que presten servicios en el país bajo convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Estado peruano, entre otros.

Las empresas deben seguir el proceso de aprobación ante el MTPE mediante la presentación de un expediente que contenga, además del contrato de trabajo, la declaración del cumplimiento o exención de los porcentajes límite y la Declaración Jurada que acredite la experiencia laboral o formación profesional del trabajador extranjero.

Además, la empresa deberá mantener en el expediente de cada empleado extranjero copia de los documentos que acrediten la calificación del empleado, como el certificado de trabajo y / o el título profesional, según corresponda. Cabe mencionar que el hecho de pertenecer a la Alianza del Pacífico no otorga facilidades para la aprobación de empleados extranjeros.

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